Sancionan a una empresa con 30.000 euros por simulación laboral
Según informa la Delegación del Gobierno, se ha multado a una compañía de los sectores de Servicios y Hostelería por la simulación laboral a tres empleados de nacionalidad pakistaní que les ha permitido obtener beneficios contemplados en la Ley de Extranjería
La Delegación del Gobierno en La Rioja ha sancionado a una empresaria del sector servicios y hotelería, concretamente un restaurante y un locutorio, ambos ubicados en la ciudad de Logroño, con la cuantía de 30.003 euros por la infracción muy grave del artículo 54.1F) de la Ley Orgánica 4/2000 (sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social) que sanciona la simulación en la relación laboral con un extranjero cuando se realiza con el propósito de obtener indebidamente derechos reconocidos en la Ley.
La investigación comenzó por parte de la Inspección de Trabajo para comprobar si la titular de ambos negocios desarrollaba efectivamente esa actividad para la que esta estaba dada de alta.
Tras las respectivas visitas tanto al locutorio como al restaurante, y entrevistas realizadas, se constató que la empresaria ni había ejercido ni gestionado ningún tipo de actividad económica o profesional, que desde el inicio de la actividad había generado deudas con la Seguridad Social y Hacienda, y que su alta e inscripción había dado cobertura a la contratación de varios trabajadores de origen pakistaní, gracias a las cuales cumplían determinadas condiciones para beneficiarse de prestaciones y beneficios establecidos en la Ley de Extranjería.
Concretamente, estas relaciones laborales aparentes les permitieron obtener recursos necesarios para la renovación de autorización de residencia familiar, justificar los ingresos suficientes para obtener la reagrupación familiar, y conseguir las acreditaciones para obtener la renovación del permiso de trabajo.
Los hechos constatados constituyen una infracción muy grave en materia de extranjería consistente en la simulación de la relación laboral con un extranjero, con el propósito de obtener indebidamente derechos reconocidos en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, concretamente del artículo 54.1.F sobre los derechos y libertades, y sancionada por tanto con la cantidad de 30.003 euros, 10.001 euros por cada uno de los trabajadores.
Ambas investigaciones se han llevado a cabo gracias a la colaboración y coordinación de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de La Rioja, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y la Oficina de Extranjería de la Delegación del Gobierno en La Rioja.