Calahorra, Arnedo y Rincón, confinados
La medida, de una semana de duración inicialmente, comienza este 1 de octubre a las 00:00 horas y se ha acordado en Consejo de Gobierno por la situación epidemiológica de la zona.
El Consejo de Gobierno ha aprobado medidas específicas de prevención sanitaria en las localidades de Calahorra, Arnedo y Rincón de Soto para controlar la evolución del COVID-19 en estas localidades. En los últimos 14 días, se han diagnosticado 305 casos en Calahorra, 152 en Arnedo y 99 en Rincón de Soto, con unas incidencias acumuladas de 1.259, 1.021 y 2.616 casos por 100.000 habitantes. Estos datos se sitúan muy por encima de la incidencia acumulada en La Rioja, con 1.406 diagnosticados y 439 casos por 100.000 habitantes en las dos últimas semanas.
Tras analizar los principales indicadores epidemiológicos en La Rioja Baja, obtenidos de los resultados preliminares de la Campaña de Cribado Dirigido puesta en marcha la semana pasada, el Consejo de Gobierno ha acordado la aplicación de medidas sanitarias específicas en estos tres municipios. Principalmente, afectan a la restricción de la movilidad de sus vecinos y a aquellas actividades en las que coinciden agrupaciones de personas.
Estas medidas entrarán en vigor a las 00:00 horas del 1 de octubre de 2020 y permanecerán vigentes hasta las 00:00 horas del 8 de octubre de 2020, prorrogables por otros 7 días según la evolución epidemiológica en dichos municipios.
Restricción de movimientos y evitar agrupaciones de personas
De este modo, se restringen los movimientos de entrada y salida de personas en los municipios de Calahorra, Arnedo y Rincón de Soto, salvo en los desplazamientos debidamente justificados. Entre ellos, se encuentran: la asistencia a centros sanitarios o de enseñanza, las causas laborales o profesionales, el cuidado de personas vulnerables, el retorno al lugar de residencia habitual, los desplazamientos para la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad y a establecimientos comerciales y a entidades financieras o de seguros.
Para facilitar la verificación de las medidas por los servicios de inspección municipales, autonómicos o estatales, que velarán por su cumplimiento, se ha aprobado un modelo de declaración responsable, cuyo formato también será publicado en el BOR.
Asimismo, se aplican las siguientes restricciones dentro de los propios municipios para evitar el riesgo de contagio de la enfermedad en las actividades en las que coinciden agrupaciones de personas:
- Se suspenden todas las actividades en los establecimientos de hostelería y restauración, excepto las que se desarrollen en alojamiento hotelero y las de preparación y distribución de comida a domicilio y de servicio en terrazas.
- El cierre de las zonas comunes de los alojamientos hoteleros.
- Se suspenden todas las actividades deportivas colectivas.
- Se suspenden todas las actividades en espacios cerrados de centros y establecimientos deportivos, culturales, artísticos, recreativos, de espectáculos y ocio.
- Se limita a un máximo de 10 personas el número de asistentes a bodas, bautizos, comuniones, velatorios, funerales, celebraciones religiosas. En los entierros al aire libre se autoriza un máximo de 20 personas.