Concluye el periodo transitorio para que las terrazas y veladores vuelvan a su estado anterior a la pandemia
En todos los casos, las terrazas autorizadas en plazas de aparcamiento desaparecerán hasta la aprobación de la nueva Ordenanza en la que ya trabaja el Ayuntamiento.
El próximo lunes 9 de mayo concluye el periodo transitorio de dos meses para que las terrazas y veladores vuelvan a su estado anterior a la pandemia. En todos los casos, las terrazas autorizadas en plazas de aparcamiento desaparecerán hasta la aprobación de la nueva Ordenanza en la que ya trabaja el Ayuntamiento.
La Resolución de alcaldía que entró en vigor el 8 de marzo deja sin efecto las emitidas durante el periodo de pandemia en el mes de mayo de 2020 y establece un periodo transitorio de dos meses para volver a la situación anterior a la pandemia por parte del sector. Por tanto, el plazo terminará el 9 de mayo.
Esta resolución detalla que los establecimientos que ya contaban con autorización antes del COVID regresarán directamente a su lugar de origen sin necesidad de realizar trámite alguno salvo que quieran llevar a cabo algún tipo de modificación.
En los casos de las zonas ordenadas ocupadas por los mismos establecimientos que ya tenían autorización antes del COVID, podrán volver a su situación previa, pero en el caso de altas o bajas nuevas durante el COVID, el Ayuntamiento tendrá que reordenar este espacio.
En todos los casos, las terrazas autorizadas en plazas de aparcamiento desaparecerán hasta la aprobación de la nueva Ordenanza en la que ya trabaja el Ayuntamiento.
Dudas que pueden surgir
¿Cuándo quedan sin efecto las autorizaciones de terraza dadas durante la pandemia?
El Ayuntamiento de Logroño informa de que desde el 8 de marzo todas las autorizaciones de terraza COVID quedaron sin efecto y solo permanecen las activas en 2019.
Soy hostelero y quiero disponer de terraza durante este periodo transitorio, ¿puedo hacerlo?
Sí, aunque haya quedado sin efecto desde el día 8 de marzo la autorización provisional dada por la situación de la COVID, los hosteleros pueden disponer de ellas durante el periodo transitorio, es decir, hasta el 9 de mayo de 2022.
¿Tengo que hacer alguna gestión sobre mi terraza si disponía de una antes de la COVID?
Pueden recuperar el espacio establecido en 2019 sin hacer trámite alguno en el Ayuntamiento. Si el titular quisiera modificar la licencia de 2019 ha tenido plaza para solicitarla presentando documentación acorde a la Ordenanza.
¿Qué pasa si soy titular de terraza autorizada excepcionalmente en periodo de COVID?
Los titulares de establecimientos que solo tienen terraza COVID, sin presentar documentación alguna, pueden continuar en dicha terraza máximo hasta el 9 de mayo de 2022.
¿Qué ocurre si hay superposición de superficies autorizadas por la normativa COVID que coincide con la de establecimientos con terraza desde 2019?
Durante el período transitorio, en caso de superposición de superficies autorizadas COVID con las de 2019, prevalecerá la autorización de mayor antigüedad hasta que el Ayuntamiento ordene esa zona.