La Comunidad Autónoma de La Rioja acuerda interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de amnistía
El Consejo de Gobierno considera que la norma supone un ataque a la democracia y afecta a la configuración constitucional de España, implica una importante violación del principio de igualdad y seguridad jurídica, además de vulnerar la separación de poderes. El Ejecutivo, siguiendo las recomendaciones del Consejo Consultivo de La Rioja, interpone recurso de inconstitucionalidad frente a la ley de amnistía con plena legitimación.
El Gobierno de La Rioja ha dado luz verde a la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Comunidad para que interponga un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica 1/2024 de Amnistía para la Normalización Institucional, Política y Social de Cataluña por entender que supone un ataque a la democracia y a la configuración constitucional de España, una importante violación de los principios constitucional de igualdad, ya que se aprueba para favorecer a sujetos muy concretos, y vulnera los principios de seguridad jurídica y separación de poderes.
La Comunidad Autónoma, tal y como concluyó el Consejo Consultivo de La Rioja en su reciente informe, actúa con plena legitimación para interponer recurso de inconstitucionalidad frente a la ley de amnistía.
El portavoz y consejero de Hacienda, Gobernanza Pública y Sociedad Digital, Alfonso Domínguez, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que “la tramitación de la norma adolece de importantes defectos, incluidas vulneraciones constitucionales puestas de manifiesto por organismos e informes”, entre ellos, el Consejo de Europa a través de la Comisión de Venecia, el Consejo General del Poder Judicial y la Secretaría General del Senado.
En concreto, Alfonso Domínguez ha subrayado que “los procedimientos legislativos acelerados no son apropiados para la adopción de leyes de amnistía dada su naturaleza controvertida, y, en este caso, se utilizó la proposición de Ley y el procedimiento de urgencia, de manera que se omitieron informes de órganos consultivos en una Ley de indudable trascendencia constitucional”.
Además, “la amnistía no aparece regulada ni mencionada en la Constitución”, porque “fue voluntad del legislador no incluirla” y, en cualquier caso, del hecho de que no figure en la Carta Magna “no se puede interpretar que las Cortes Generales tienen total libertad para decidirlo todo, menos lo expresamente prohibido por la Constitución”. “La prohibición de indultos generales en la Constitución –ha incidido– abona esta idea”. Por ello, la regulación de la amnistía “exigiría previamente una reforma constitucional en forma y fondo, no de forma encubierta y fraudulenta”.
Por último, Alfonso Domínguez ha advertido de que esta Ley “dinamita decisiones firmes adoptadas por el poder judicial”, quiebra el principio de igualdad jurídica, así como el de seguridad jurídica, al actuar en un ámbito amplio e indeterminado, y manifiesta una rotunda arbitrariedad puesto que solo tiene una concreta y evidente finalidad: obtener los 7 votos de Junts per Catalunya para la investidura del presidente del Gobierno de España”.