El ocio nocturno puede abrir hasta las dos de la madrugada y se puede consumir en las barras de los bares
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJR ha acordado autorizar la apertura del ocio nocturno en los niveles 1 y 2 con limitaciones en aforos y zonas de baile. El Tribunal también admite el consumo en barra respetando la distancia interpersonal de un metro y medio. Por el contrario no mueve las medias adoptadas por el Gobierno regional para el nivel 3+.
La Sala argumenta en su auto que “la administración no ha justificado suficientemente la proporcionalidad de cada una de las medidas ahora cuestionadas, tomadas en lo que concierne a la hostelería, restauración y ocio nocturno en los nieves 1, 2 y 3″. Añade el Tribunal que “las medidas adoptadas en las resoluciones recurridas carecen de la necesaria justificación que la administración habría debido desplegar para defender la necesidad de dichas medidas frente a otras que hubieran podido adoptarse menos lesivas e igualmente eficaces para los fines a alcanzar”.
Suspender la medida relativa a los cierres de hostelería en los niveles 2 y 3, permitiendo el cierre de los mismos según la correspondiente licencia de actividad de cada negocio, con el límite de las 2:00 de la madrugada. En el nivel 3+ la hostelería mantendrá el cierre a las 23:00 de la noche.
Suspender la medida de prohibición de consumo en barra en los niveles 2 y 3 con la obligación de mantener separación interpersonal de 1,5 metros entre las personas que estén consumiendo en la barra. Se mantiene la prohibición de consumo en barra en el nivel 3+.
– En el nivel 1 de alerta se permite la apertura los locales de ocio nocturno y discotecas hasta las 2:00 h. salvo que su licencia de actividad prevea una hora anterior. El aforo permitido será del 50% en zonas interiores. Se permite el consumo en mesa, que deberán guardar entre ellas una distancia de dos metros. Las mesas tendrán un límite de seis personas. Se permite consumo en barra, guardando las distancia entre personas de 1.50 metros. El uso de la mascarilla será obligatorio. Se permite la apertura de la pista de baile.
-En el nivel 2 de alerta se permite la apertura de estos locales de ocio nocturno y discotecas hasta las 2:00 horas salvo que su licencia de actividad prevea una hora anterior. El aforo permitido será del 50% en zonas interiores. Se permite el consumo en mesa, que deberán guardar entre ellas una distancia de 2 metros. Las mesas tendrán un límite de seis personas. Se permite consumo en barra, guardando las distancia entre personas de 1.50 metros. El uso de la mascarilla será obligatorio. No se permite la apertura de la pista de baile.
– En los niveles 3 y 3+ de alerta no se permite la apertura de los locales de ocio nocturno ni discotecas.
Posible recurso del Gobierno
el Gobierno de La Rioja ha mostrado su “máximo respeto” a las decisiones judiciales y anuncia que se está estudiando por parte de los Servicios Jurídicos de la Comunidad la posibilidad de presentar un recurso de casación.